Guía para entender la prestación para cuidadores no profesionales

prestación cuidadores no profesionales

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Lo que a continuación vamos a ver es un recurso económico para los cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales. Esta prestación tiene como objetivo cubrir aquellos gastos que surgen tras la atención de la persona en situación de dependencia y que se encuentra en su domicilio cuidada por una persona no profesional.

Esta prestación se encuentra dentro de los distintos servicios que ofrece el catálogo de la Ley de Dependencia. Como sabes, esta ley varía en función de cada comunidad y por lo tanto las características de esta prestación también puede variar.

¿Para quién es?

La persona titular de la prestación es la persona que se encuentra en situación de dependencia, pero la prestación económica no es para ella sino que deberá ser destinada para la persona que es cuidadora.

Los requisitos para solicitarla son:

  • Tener reconocida la situación de dependencia en cualquier grado.
  • Vivir en un domicilio particular con condiciones adecuadas de habitabilidad y en cuya unidad familiar existan condiciones adecuadas de convivencia.
  • Que los cuidados que se le presten sean adecuados a las necesidades de la persona en función de su grado dependencia.

La persona cuidadora no profesional

La persona cuidadora no profesional es la se encarga de atender de forma habitual a otra persona dependiente en sus actividades de la vida diaria, porque no pueden realizar las actividades por sí mismas. Esta función la realiza una persona cercana a la que tiene necesidad de unos cuidados específicos. Puede ser un familiar, amigo o bien una persona cercana.

Requisitos para ser persona cuidadora no profesional

  • Tener más de 18 años.
  • Residir legalmente en España.
  • Ser cónyuge o pariente por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado.
  • La persona beneficiaria deberá estar siempre dentro de la relación familiar: parejas de hecho, tutores…
  • Contar con la capacidad física y psíquica para realizar las funciones del cuidado y apoyo.
  • Que la persona cuidadora cuente con tiempo de dedicación suficiente para atender a la persona beneficiaria.
  • La continuidad en los cuidados prestados debe ser de al menos un año.

Compatibilidad

Esta prestación se puede compatibilizar con el servicio de teleasistencia y los servicios de prevención y promoción de la autonomía personal.

Cuantías

La cuantía económica que la persona dependiente recibirá dependerá del grado de dependencia que se le haya reconocido. El importe se determinará aplicando a dicha cuantía un coeficiente calculado de acuerdo a la capacidad económica de la persona en situación de dependencia. También se tendrá en cuenta en la determinación de la cuantía, la dedicación horaria de los cuidados, si es completa, media o parcial.

¿Dónde solicitar la prestación?

Una vez reconocida el grado de dependencia, podrás elegir esta prestación como recurso dentro del catálogo de servicios que te ofrecerán.

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