El papel del Trabajo Social en la incapacitación

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Descubre cómo se produce el proceso de incapacitación y qué papel juega el profesional del Trabajo Social.

Si estás leyendo este post, es porque la palabra «incapacitación» ha llegado a tu vida por algún motivo.

A continuación te voy a explicar con un lenguaje muy sencillo qué es la incapacitación, cuál es su proceso y todo lo que tienes que saber sobre mecanismo jurídico.

También hablaremos de las funciones del Trabajo Social en este sentido, un ámbito que en ocasiones es desconocido.

¿Qué es la incapacitación?

Durante el post hablaré de incapacitación, pero decirte que actualmente, y cada vez más, se está denominando “modificación jurídica de la capacidad de obrar”.

Como te comentaba antes, la incapacitación es un mecanismo jurídico. Se puede dar para aquellos casos donde hay una enfermedad o bien una discapacidad ya sea física o psíquica, de manera permanente eso sí, y la cual impide que una persona pueda gobernarse por si misma.

Su objetivo no es otro que, ante esta situación, proteger sus intereses y sus derechos, ya sea de manera personal y/o patrimonial.

La ley determina que la incapacitación sólo puede ser declarada por un juez a través de una sentencia. La declaración de incapacidad legal y nombramiento de tutores debe realizarse en el marco de un procedimiento judicial ante los juzgados de primera instancia del domicilio del presunto incapaz.

Existen dos tipos de incapacidad:

  • Incapacidad total: la persona no tiene la capacidad para tomar decisiones que hacen referencia a la atención y cuidado de su persona, ni para administrar y disponer de sus bienes.
  • Incapacidad parcial: el sujeto puede realizar determinados actos por sí mismo y es capaz de adoptar algunas decisiones que atañen a su persona, pero para los actos de mayor trascendencia o complejidad necesita la ayuda de un tercero. La sentencia especificará qué actos puede realizar por sí mismo y para qué actos necesita asistencia.

Proceso de la incapacitación

Como proceso jurídico, la incapacitación tiene un proceso establecido. Aunque luego veremos más detenidamente qué papel juega el Trabajo Social, podemos adelantar que una de sus funciones sería informar y acompañar de este proceso.

¿Quién protege a la persona incapacitada?

Podemos decir que existen cuatro figuras que protegen a una persona una vez que haya sido incapacitada:

  • Tutela: es la figura jurídica que se encarga de la protección de personas declaradas judicialmente incapacitadas de forma total. Vela por el bienestar y el interés del tutelado, siempre bajo la supervisión de la autoridad judicial.
  • Curatela: se produce cuando la incapacidad es parcial, cuando la persona mantiene cierto grado de autogobierno o autonomía, que le permite adoptar decisiones más sencillas sobre su persona y/o bienes. Permite complementar la capacidad del sujeto en las actuaciones que señala la sentencia. También está sometida a control judicial.
  • El defensor judicial: es una figura de protección provisional y transitoria cuando exista conflicto de intereses entre el incapacitado y sus representantes legales, cuando haya sido destituido de su cargo o por causas especiales no pueda seguir ejerciendo la guarda.
  • Guarda de hecho: es la persona que cuida del enfermo, le atiende y vela por sus intereses, pero no existe un título jurídico que lo constituya como representante en sentido estricto. Ninguna norma regula el ejercicio de la guarda de hecho.

El papel del Trabajo Social en la incapacitación

Siempre que hablamos de personas, la figura del Trabajo Social puede estar presente. Ante esta situación, te explico las distintas funciones que puede desarrollar la profesión ante una situación de incapacitación.

  • Información y acompañamiento a la familia durante todo el proceso
  • Recabar la información necesaria que la familia o el juez puedan solicitar
  • Garantizar la protección de la persona incapacitada
  • Mediar con el resto del entorno familiar en caso de conflicto
  • Búsqueda de recursos tanto para la persona incapacitada como para la familia
  • Informar al ministerio fiscal de casos que sean susceptibles de incapacitación
  • Valorar la situación socio familiar si lo solicita el juez de incapacidades y tutelas a los equipos de Trabajo Social de los juzgados.

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