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Si eres profesional del Trabajo Social y estás emprendiendo, debes conocer cuándo debes reducir el IVA de tus servicios.
Cada vez más profesionales del Trabajo Social están optando por emprender como salida laboral de la profesión. Prueba de ello, son los casos reales que entrevisto en el podcast de ‘La Academia de Trabajo Social’.
Para poder emprender hay que tener en cuenta muchas cosas, no solo conocer qué servicio ofrecer. También tener una página web, saber hacer facturas o qué tipo de IVA aplicar en tus servicios.
Para facilitarte esta tarea, he recopilado en qué tipo de servicios puedes reducir el IVA pasando del 21% al 10%.
Venga, te dejo que te saltes alguna parte...
Reducción del IVA en Trabajo Social
Lo primero que debes saber, aunque seguro que ya lo sabes, es que el IVA habitual que se aplica es del 21%. Aunque hay excepciones donde se puede aplicar una cuantía distintas.
Estas excepciones vienen reguladas por ley, concretamente en el Art. 20.10 de la Ley 37/92. En esta normativa viene explicado claramente cuándo podrás reducir el IVA al 10%:
- Protección de la infancia y de la juventud. Se considerarán actividades de protección de la infancia y de la juventud las de rehabilitación y formación de niños y jóvenes, la de asistencia a lactantes, la custodia y atención a niños, la realización de cursos, excursiones, campamentos o viajes infantiles y juveniles y otras análogas prestadas en favor de personas menores de veinticinco años de edad.
- Asistencia a la tercera edad.
- Educación especial y asistencia a personas con minusvalía.
- Asistencia a minorías étnicas.
- Asistencia a refugiados y asilados.
- Asistencia a transeúntes.
- Asistencia a personas con cargas familiares no compartidas.
- Acción social comunitaria y familiar.
- Asistencia a ex-reclusos.
- Reinserción social y prevención de la delincuencia.
- Asistencia a alcohólicos y toxicómanos.
- Cooperación para el desarrollo.
A estas excepciones habría que sumar una más. No es necesario aplicar el IVA cuando se trata de formación, siempre y cuando esa formación esté dentro del plan de estudios académico de la universidad.
Ejemplo para saber cuándo reducir el IVA
Vamos a poner un ejemplo, que seguramente te ayuda a entender mejor este tema.
Imagínate que una asociación contrata uno de los servicios que ofrezco, la creación de la página web. Aunque la asociación sea una entidad social del tercer sector, yo por este servicio debo cobrarles el 21% del IVA, ya que la creación de una página web no está dentro de las excepciones planteadas anteriormente.
Ahora pongamos otro caso. Yo como profesional del Trabajo Social voy a ofrecer un servicio para crear un proyecto comunitario de inclusión de personas que han salido de instituciones penitencias a una asociación. En este caso, el IVA que debería aplicar es el del 10%.