Solicitud de asilo para refugiados de Ucrania

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Tras el estadillo de la guerra de Rusia contra Ucrania, muchas personas de Ucrania están solicitando asilo en nuestro país, ¿cómo es el proceso?

Debemos empezar explicando que el derecho de asilo es la protección que se da a nacionales no comunitarios o personas apátriadas según el artículo 3 de la Convención de Ginebra del año 1951.

¿Qué motivos tiene una persona para salir de su país?

Una persona refugiada puede tener varios motivos por los cuales haya tenido que verse forzada a salir de su país, estos temores pueden ser:

  • religión
  • raza
  • nacionalidad
  • opinión política
  • pertenencia a un grupo social determinado
  • género
  • orientación sexual

¿Dónde y cómo pueden pedir asilo las personas ucranianas?

Existen dos maneras de solicitar protección internacional. Uno de ellos es en los puestos fronterizos habilitados en la entrada del territorio español, es decir, puertos marítimos y/o aeropuertos.

La otra manera es cuando la persona se encuentra en territorio español, en este caso se tiene que solicitar el asilo en las Oficinas de extranjeros o en las comisarías de policía autorizadas.

Para ello puedes consultar el siguiente enlace web: https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplustiem/citar

  1. Marcar la provincia en la que se encuentre.
  2. Marcar en el apartado Trámites policía nacional, primera cita -ASILO.
  3. Cuando vayas a Comisaría de policía en la fecha citada, la policía emitirá un primer documento conocido como Manifiesto de Voluntad.

Con este documento todavía no es considerado solicitante de protección internacional. La policía nacional te dirá que día debe acudir a la Comisaría para realizar su solicitud de Protección Internacional y será entonces cuando ya se emita su primer documento como solicitante de protección internacional.

¿Cómo acceder al sistema de acogida?

Para poder acceder a este sistema hay que cumplir una serie de requisitos:

  • Ser solicitante de protección internacional en España.
  • No ser nacional de un país de la Unión Europea.
  • No ser solicitante ni beneficiario de protección internacional en otro país de la Unión Europea.
  • Carecer de recursos económicos para atender sus necesidades y las de la unidad de convivencia.
  • No haber sido destinatario de las prestaciones ofrecidas en el Sistema
  • de Acogida por el periodo máximo de percepción estipulado.
  • Aceptación de las normas y cumplimiento de los compromisos establecidos en los contratos de participación.

En el caso que seas una personas solicitante de protección internacional y necesites acceder a un dispositivo puedes ponerte en contacto con Cruz Roja.

Post creado a través de la información de Cruz Roja.

La solicitud de asilo no es rápido que te lo concedan, pero el Gobierno de España está trabajando en crear visados especiales por la actuación situación de guerra que se está viviendo en Ucrania.

Si te interesa este ámbito, puedes encontrar una formación sobre intervención para la inmigración desde el Trabajo Social.

¿Qué tengo que hacer cuando llegue a España? Necesito alojamiento

Si necesitas apoyo en búsqueda de alojamiento, puedes solicitar la entrada en el Sistema de Acogida de Solicitantes de Protección, si cumples los siguientes requisitos:

  • Ser nacional ucraniano o persona extranjera con residencia permanente en Ucrania que se ha visto desplazada de Ucrania a partir del 24 de febrero de 2022 a consecuencia de la invasión rusa iniciada en tal fecha
  • Ser nacional ucraniano o persona extranjera con residencia permanente en Ucrania que se encontraban en España cuando estalló el conflicto y no han podido regresar a su país
  • Carecer de medios económicos y cumplir el resto de requisitos del Sistema de Acogida.
  • Solicitar lo antes posible y como plazo máximo tres meses protección internacional o protección temporal y, por tanto, estar documentado como tal (documento de manifiesto de voluntad de solicitud de protección internacional, documento de solicitante de protección internacional o documento de beneficiario de protección temporal)

Dependiendo donde residas en España puedes acudir a:
– CEAR: Andalucía (Málaga, Sevilla, Cádiz), Euskadi y Canarias (Gran Canaria y Tenerife).
– ACCEM: Andalucía (Córdoba), Castilla La Mancha, Castilla y León, Murcia, Asturias, Extremadura, Aragón y Galicia.
– Cruz Roja: Andalucía (Almería, Granada y Huelva), Baleares, Cantabria, Cataluña, La Rioja, Madrid, Navarra y Comunidad Valenciana.

¿Qué vías de protección se están contemplando?

La Unión Europea ha decidido activar la Directiva de Protección Temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas para:

  •  Nacionales ucranianos y sus familiares que salieron de Ucrania a partir del 24 de febrero de 2022.
  • Refugiados y beneficiarios de protección internacional en Ucrania y sus familiares que salieron de Ucrania a partir del 24 de febrero de 2022.
  • Personas extranjeras con residencia permanente en Ucrania que hayan salido de Ucrania a partir del 24 de febrero de 2022, siempre que no puedan volver con seguridad a sus países o región de origen. En estos casos, los Estados Miembros podrán optar por aplicar la Protección Temporal u otro tipo de protección regulada en su legislación nacional

Cada Estado miembro puede decidir ampliar esta Protección Temporal a otros grupos de persona, como personas que estuvieran en la UE poco antes del 24 de febrero o personas extranjeras con otro tipo de residencia en Ucrania (residencias temporales, estudiantes…) que hayan salido de Ucrania a partir de esa fecha y no puedan volver con seguridad a sus países o región de origen.

¿Cómo y dónde solicitarlo? El Gobierno de España tiene que concretar la operativa para acceder a esta protección temporal, que pretenden se otorgue de forma ágil. Cuando tengamos más información, iremos actualizándola en esta página.

¿Qué derechos tienes con la protección temporal? Permiso de residencia y trabajo por cuenta propia y ajena de un año de duración, prorrogable otros dos.

  • Acceso a la educación, formación profesional.
  • Ayuda social y alojamiento adecuado.
  • Atención médica.

España establecerá cómo se va a concretar la operativa para acceder a esta protección temporal, que pretenden se otorgue de forma ágil. Cuando tengamos más información, iremos actualizándola.

Contenido de la página web de CEAR.

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